Torturas, presos y víctimas de los GAL: el manto de silencio en el País Vasco

Los obstáculos del Estado, sin embargo, son peor para las víctimas de la guerra sucia contra ETA. Según el Informe sobre la situación procesal de los atentados perpetrados por organizaciones terroristas con el resultado de muertos entre 1960 y 2014, de las 27 víctimas mortales contabilizadas de los GAL sólo hay 12 sentencias. El resultado de estas deja poco optimismo para los damnificados por el terrorismo de Estado: de nuevo casos archivos y un sobreseimiento. El documento señala, además, que el 37% de los casos de asesinatos por los mercenarios de los GAL han quedado sin resolver.
De los crímenes realizados por el Batallón Vasco Español o por sus grupos satélites no se ha abierto ninguna investigación judicial. Y todo, con 24 víctimas mortales atribuidas a estos grupúsculos de extrema derecha. «Amnistía Internacional considera que poner a los perpetradores a disposición judicial no es sólo un derecho de la víctima. También transmite a la sociedad que este tipo de actuaciones no son escondidas bajo el manto de la impunidad, sean cometidas por autoridades del gobierno, grupos paramilitares o extraoficiales», critica la organización en defensa de los derechos humanos.
El informe, a su vez, muestra las luces y sombras de las políticas de reparación para estas víctimas. Según las cifras del Ministerio de Interior, un 61% de los afectados por la Triple A, el Batallón Vasco Español, los Grupos Armados Españoles y los Guerrilleros de Cristo Rey han recibido algún tipo de indemnización. Ahora bien, una modificación legislativa del ejecutivo de Mariano Rajoy cambió las reglas de juego. El resultado fue la denegación de ayudas a varias víctimas de este tipo.
«La denegación estaba basada en informes policiales del Ministerio del Interior. Consideró que estas personas asesinadas lo fueron por sus actos terroristas. Por tanto, sus familiares no reunían los requisitos para ser beneficiarios de la indemnización solicitada», explica el documento de la organización pro-derechos humanos, que carga contra la decisión: «Amnistía Internacional muestra su preocupación porque algunas víctimas de abusos y violaciones de derechos humanos se les deniegue su compensación en función de su participación en el crimen organizado o por formar parte de una organización violenta. España tiene la obligación, según el derecho internacional, a realizar una efectiva y plena reparación con independencia de su posible vinculación a grupos armados».
Contra los derechos humanos
Amnistía Internacional da un tirón de orejas a la legislación antiterrorista española. No sólo recuerda que las primeras normas en esta materia -años 1980 y 1984- fueron cuestionadas por el Tribunal Constitucional. La organización censura que «las modificaciones del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se hayan traducido en una degradación de la garantía de los derechos humanos». «Se ha primado una legislación de emergencia como respuesta del Estado contra ETA», denuncia, para rematar: «Los últimos pronunciamientos de algunos organismos internacionales sobre estos cambios legales son una muestra de cómo las autoridades españolas siguen vulnerando sus obligaciones con los derechos humanos en relación a las medidas adoptadas en la lucha antiterrorista».
Amnistía Internacional presentó este informe hace unas semanas en Bilbao.
En el informe, se advierte que «el Código Penal tipifica una serie de conductas consideradas de colaboración, que convierten este delito en un cajón de sastre». Una ambigüedad legal que «preocupa ante la posibilidad de que la tipificación contenida en el Código Penal de delito de provocación pueda castigar la expresión pacífica de opiniones».
La detención en régimen de incomunicación es otro aspecto que pone en duda Amnistía Internacional. Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las autoridades pueden tener incomunicada a una persona sospechosa de terrorismo detenida un máximo de 13 días. «Este régimen de incomunicación facilita la tortura y los malos tratos a personas detenidas, y puede constituir en sí misma un trato cruel, inhumano y degradante», censura la organización.
Aunque la última reforma de esta medida ha corregido algunas cuestiones polémicas con la prohibición de aplicarse a menores de 16 años, no se han incluido las medidas sugeridas por los organismos internacionales. Es decir, no se puede escoger el abogado, o consultar, en su defecto, un letrado de oficio; no se puede acceder a un médico escogido por el detenido, y tampoco hacer ninguna notificación a los familiares. También se pone en foco con el régimen de internamiento cerrado. No en vano, la organización considera que «puede afectar negativamente a la presunción de inocencia».
El informe reconoce como positivo que Rajoy haya mantenido el programa de reinserción de presos que instauró el anterior gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, y que fue bautizado como Vía Nanclares. Con todo, advierte sobre los nuevos requisitos para adherirse al mismo. La gran cuestión penitenciaria, sin embargo, es la dispersión de los presos. Amnistía Internacional indica que hay 380 personas en celdas a más de 400 kilómetros de distancias de su núcleo afectivo y familiar, y que 189 están a más de 800. «Esto obliga a los familiares de los presos a realizar viajes demasiado largos y costosos. Y que, como ha dicho el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, podrían suponer una injerencia en el derecho a la vida familiar», critica.
Con estas cuestiones alejadas del debate en el Parlamento vasco, Amnistía Internacional ha querido poner sobre la mesa los elementos del manto de silencio en Euskadi. El objetivo es hacer ruido para evitar que las vulneraciones de los derechos humanos del Estado en la lucha contra el terrorismo de ETA quedan enterradas en el cajón de la desmemoria.

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