Uharte y la bandera de Navarra

En torno a una efeméride, la del cuarenta aniversario del acuerdo de 19 de enero de 1977, de Implantación de la ikurriña en el municipio de Uharte, en su día aprobado por unanimidad de los asistentes (como así ha sido también la declaración que con tal motivo se adoptara en pleno del pasado día 26 de enero) y a raíz de un debate dado en las redes sociales sobre si se hubiera mostrado el mismo interés en caso de que la bandera afectada por unas leyes como son aquellas de símbolos de Navarra y bandera nacional, fuese la de Navarra, estimo interesante el conocimiento por parte del vecindario de que nada menos que hace diez años, fuera la propia Delegación del Gobierno, a instancias de la Abogacía del Estado, quien incoara aviso de expediente en caso de que no se cumpliera con lo recogido en las mencionadas leyes. Copio literalmente: “El Delegado de Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra (por aquel entonces Vicente Ripa) de acuerdo con el artículo 44 de la ley 29/1998 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con lo preceptuado en los artículos 65 a 67 de la Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, le participa lo siguiente. Que habiendo tenido constancias esta Delegación del Gobierno de que en esa sede del Ayuntamiento de Huarte está colocada la bandera de Navarra, y habiéndole instando a tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la normativa establecida en el artículo 8.2 de Ley Foral 24/2003 de Símbolos de Navarra y el artículo 5 de la Ley 39/1981 de 28 de octubre de Bandera Nacional, mediante carta de fecha 12 de diciembre de 2006, notificada el 18 del mismo, este Delegado del Gobierno le requiere para que cese en su actuación e inicie la actividad a que está obligada, advirtiéndole que de lo contrario, si en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no da cumplimiento a la normativa citada, se acudirá como es preceptivo a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Pamplona a 5 de febrero de 2007”. (El acuse de recibo por parte de la administración municipal es de 7 de febrero de dicho año).

Este era un Ayuntamiento presidido en aquél entonces por la alcaldesa, Amparo Miqueleiz, del Grupo Independiente Huarte, y por tanto poco sospechoso de las veleidades patrióticas con las que tradicionalmente se acusa a otros grupos que sin lugar a dudas hubiera facilitado la más pronta actuación de la Delegación del Gobierno en la aplicación de la legislación vigente. Dicho grupo contaba con la mayoría absoluta, tal y como informaba Diario de Navarra el 11 de abril de 2007, compartiendo con el edil de EA, Julio Urdin, la concejalía de Cultura; facilitando dicho medio periodístico, casi como si de una prueba pericial se tratara, la fotografía del único estandarte en el que ondeaba nuestra bandera comunitaria, e informando que el abogado del Estado ya había presentado un recurso “después de que el consistorio no respondiese a dos requerimientos”. Pasados dos meses, DIARIO DE NOTICIAS informaba el 5 de mayo de 2007, de dicho cumplimiento con “imagen de las cuatro banderas en el balcón consistorial”. Y desde entonces, con alguna excepción, la quinta, es decir la ikurriña, hasta este recién pasado año era exhibida junto al resto de banderas con motivo de las fiestas “grandes” de la Hermandad. En palabras de Amparo Miqueleiz, el espíritu y voluntad que animaba a aquella corporación que mantuvo la opción de la navarra en solitario fue la de que: “Hemos apostado por la convivencia social y no ha habido quejas hasta ahora” (DIARIO DE NOTICIAS de 12 de abril de 2007). Sea como fuere, cabe señalar aquí como este mismo valor de la convivencia fuera el que presidiera el unánime acuerdo de adopción de la enseña vasca como una más de las del ámbito municipal en tiempos que pudieran, desde la visión actual, considerarse como predemocráticos. Tal y como se puede comprobar por los testimonios que nos han llegado, para facilitar la denunciada acción asumimos la actuación en la lógica consuetudinaria, del ethos comunitario, basada en el análisis etimológico del propio término símbolo (derivado, en el Corominas, a través del latín del griego con significación de “yo junto, y hago coincidir”) con un más que evidente ánimo de transversalidad. La política no es una ciencia exacta sino más bien un juego de equilibrios que a nadie debiera sorprender. La paradoja no obstante ha hecho que transcurrido el tiempo, con la voluntaria desaparición de la bandera europea y la exclusión legal de la ikurriña nuestro edificio municipal sea presidido, con algunas pequeñas variantes, por los mismos colores de las banderas que así lo hicieran en tiempos de la dictadura.

La villa de Uharte fue pionera no sólo en poner la ikurriña sino, en solitario, la bandera de Navarra, siendo la primera excluida por la actual ley y la segunda denunciada en su exclusividad. Lo que viene a demostrar que la intencionalidad de ambas leyes, de Símbolos de Navarra y, con mayor razón si cabe, de Bandera Nacional, no es otra que la de ser instrumento de dominación del nacionalismo español que instrumentaliza en su beneficio al regionalismo navarro.

NOTICIAS DE NAVARRA